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Contenido:
3.1. TRASPASO CON REGISTROS ORIGINALES
3.2. TRASPASO POR DECLARACIÓN EXTRAJUICIO.
3.1. TRASPASO CON REGISTROS ORIGINALES
EN QUÉ CONSISTE EL TRÁMITE.
Trámite en el cual un socio vende un animal a otra persona, no necesariamente socio, a fin de que la progenie del animal pueda ser registrada y asentados los cambios subsecuentes de dueño.
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TENGA EN CUENTA…
- Si es socio al que se traspasa el ejemplar se le enviará directamente el certificado de registro, si no lo es, se le enviará a usted.
- Esta solicitud debe venir firmada por el representante legal o autorizado de la ganadería, en caso contrario no se podrá realizar el trámite.
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PASOS A SEGUIR…
- Enviar solicitud por escrito, con los siguientes datos dependiendo si:
Traspaso a socio: Nombre ganadería y código.Traspaso a no socio: Nombre de la ganadería o nombre de la persona, cédula, nombre hacienda, ubicación hacienda
- Adjuntar certificados de registro originales firmados en la parte posterior por usted como dueño actual del ejemplar, en caso de no tenerlos; en la misma solicitud especificar que se requiere copia.
3.2. TRASPASO POR DECLARACIÓN EXTRAJUICIO.
EN QUÉ CONSISTE EL TRÁMITE.
Aplica cuando los ejemplares son de su propiedad y es imposible el contacto con el vendedor, debe acercarse a una notaría y realizar una declaración juramentada o declaración extrajuicio por parte del representante legal o autorizado de la ganadería.
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TENGA EN CUENTA…
- Se le enviará directamente el certificado de registro, al socio que solicito la declaración juramentada o declaración extrajuicio.
- Esta solicitud debe venir firmada por el representante legal o autorizado de la ganadera, en caso contrario no se podrá realizar el trámite.
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PASOS A SEGUIR…
- Enviar la declaración juramentada o declaración extrajuicio a la Asociación.
- La Asociación hará llegar una carta a los propietarios que aparecen en nuestra base de datos como dueños de los ejemplares informándoles acerca de la solicitud de traspaso a través de una declaración juramentada o declaración extrajuicio.
- Estos propietarios tienen un mes para dar respuesta ante la Asociación, pasado este tiempo si no hay respuesta, automáticamente el traspaso se realizará.
- La Asociación le hará llegar los nuevos certificados de registro de los ejemplares a su nombre.
- El cobro de este trámite se efectuará en la facturación del mes siguiente.
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